La cuota alimentaria después de los 21 años puede extenderse hasta los 25 en determinadas circunstancias contempladas por la legislación argentina. Para que esto ocurra, no alcanza únicamente con demostrar que el hijo continúa estudiando: también debe acreditarse que esa formación le dificulta obtener los recursos necesarios para mantenerse por sus propios medios.
Como regla general, el Código Civil y Comercial establece que los progenitores deben alimentos a sus hijos hasta los 21 años. Sin embargo, el artículo 663 contempla una excepción para quienes continúan estudiando o realizando una capacitación profesional.
De esta manera, cumplir 21 años no implica necesariamente perder el derecho a recibir asistencia económica, aunque tampoco significa que la prestación continuará automáticamente hasta los 25.
Qué se debe demostrar para mantener la cuota
Uno de los requisitos centrales es acreditar que el joven continúa con una formación educativa o profesional. Esto no comprende solamente carreras universitarias, sino también estudios terciarios, capacitaciones técnicas, oficios u otras alternativas de preparación profesional.
El segundo punto, y uno de los más importantes, es demostrar que los estudios dificultan o impiden desarrollar una actividad remunerada suficiente para cubrir las propias necesidades. Para evaluar esa situación pueden considerarse la carga horaria, las exigencias académicas, la cantidad de materias y las horas dedicadas al estudio.
Además, quien pretende mantener la prestación debe acreditar concretamente que necesita continuar recibiendo alimentos. En estos casos no existe la misma presunción de necesidad que se aplica respecto de los hijos menores de edad.
Estudiar no garantiza cobrar hasta los 25 años
El abogado Jorge Grispo explicó que continuar estudiando, por sí solo, no resulta necesariamente suficiente. Debe existir una relación entre la formación y la imposibilidad de generar ingresos que permitan alcanzar autonomía económica.
En ese sentido, se mencionó un antecedente de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de San Isidro, donde se dispuso el cese de una cuota porque no se había demostrado que la capacitación le impidiera al beneficiario mantenerse económicamente de manera independiente.
Por eso, la carga de la prueba recae sobre quien solicita la extensión. Entre otros elementos, puede ser necesario demostrar la regularidad de la cursada, la dedicación exigida y las razones por las cuales resulta difícil compatibilizar los estudios con un trabajo que permita obtener ingresos suficientes, menciona el sitio IProfesional.
¿Influye el rendimiento académico?
La normativa no fija un promedio mínimo ni establece una cantidad determinada de materias que deban aprobarse para conservar la prestación.
No obstante, el desempeño académico puede ser tenido en cuenta por los tribunales para establecer si efectivamente existe una dedicación a los estudios que justifique mantener la asistencia económica.
Existen antecedentes en los que se rechazaron solicitudes debido a trayectorias académicas irregulares o escasa aprobación de materias, aunque también se registraron criterios judiciales más flexibles que priorizaron la continuidad de la formación.
Cuándo puede finalizar la cuota alimentaria
La extensión contemplada para estudiantes no es indefinida. El artículo 663 establece como límite los 25 años, aunque la obligación puede finalizar antes si cambian las circunstancias que justificaron su continuidad.
Entre las situaciones que pueden provocar el cese aparecen la finalización o el abandono de los estudios y la obtención de recursos propios suficientes para afrontar los gastos personales y de formación. La situación económica del progenitor obligado también puede ser considerada.
