Martín Redrado demostró que no es el padre de la hija de Luciana Salazar y no debe pagar cuota alimentaria

Martín Redrado demostró en la Justicia que no es el padre de la hija de Luciana Salazar y que, por lo tanto, no tiene obligación de pagar una cuota alimentaria derivada de un vínculo filial, según informó la Agencia Noticias Argentinas.

La precisión se conoció luego de que circularan diferentes versiones sobre los alcances económicos del entendimiento alcanzado entre Redrado y Salazar, mediante el cual pusieron fin a una extensa disputa judicial.

De acuerdo con la información difundida por NA, durante el proceso quedó acreditado que Redrado no es el padre de la niña y, en consecuencia, no existe una obligación alimentaria basada en un vínculo de filiación.

Un acuerdo para cerrar el conflicto

En el marco del proceso, la Cámara Civil instó a las partes a alcanzar un entendimiento que permitiera finalizar los conflictos judiciales que permanecían abiertos.

Finalmente, Redrado y Salazar llegaron a un acuerdo, aunque sus términos económicos y condiciones no fueron informados públicamente.

Esto se debe a que el entendimiento quedó sujeto a un marco de confidencialidad absoluta garantizado por la Cámara, por lo que no trascendieron los detalles de lo pactado entre las partes.

“Mi compromiso fue acompañar su deseo mientras fuimos pareja. Era un deseo claramente de ella, que lo expresó en muchas oportunidades en distintos medios. Yo acompañé mientras fue su pareja, pero no lo soy desde el 2018″, había dicho Redrado en marzo.

Matilda nació el 15 de diciembre de 2017 en Estados Unidos mediante gestación por sustitución. Para su concepción se utilizaron óvulos de Luciana Salazar y esperma de un donante anónimo seleccionado a través de un banco de semen, mientras que el embarazo fue llevado adelante por una gestante. La propia Salazar explicó entonces que la niña es genéticamente hija suya y que había recurrido a este procedimiento para concretar su deseo de ser madre.

Aclararon que no se trata de una cuota alimentaria

La información conocida permite diferenciar el acuerdo alcanzado entre Redrado y Salazar de una cuota alimentaria.

Según consignó Noticias Argentinas, al haberse acreditado judicialmente que no existe un vínculo filial, tampoco corresponde una obligación alimentaria originada en una relación de paternidad.

La aclaración surgió precisamente después de las versiones que circularon acerca de las condiciones económicas del acuerdo. Debido a su carácter confidencial, los términos concretos del entendimiento no fueron divulgados.

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