La Corte Suprema dejó firme la condena a cadena perpetua de Nahir Galarza
La Corte Suprema dejó firme la pena perpetua para Nahir Galarza por matar a su novio Fernando Pastorizzo, crimen ocurrido en la madrugada del 29 de diciembre de 2017 en la ciudad de Gualeguaychú. Era la última chance que tenía la defensa de recurrir a la Justicia.
El recurso presentado fue rechazado este martes por el máximo tribunal integrado por Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti por lo que la joven de 24 años deberá cumplir la condena a prisión perpetua por “homicidio calificado por el vínculo” hasta 2052, cuando tenga 54 años.
En julio de 2018, Nahir se convirtió en la mujer más joven condenada a la pena más severa contemplada en el Código Penal. Desde entonces el fallo fue confirmado por la Sala II Cámara de Casación de Concordia y luego por la Sala I del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos.
La oriunda de Gualeguaychú buscó por todos los medios dar vuelta el caso, publicó Clarín. Lo hizo tratando de imponer la idea de que el verdadero asesino había sido su padre e incluso aportando, post juicio oral, pericias piscológicas particulares que la presentaban como inimputable.
Sin embargo su reclamo más serio y viable, el menos explosivo pero más seguro, fue la “queja” presentada ante la Corte Suprema de la Nación. En un escrito de 38 paginas su defensa había pedido un nuevo juicio alegando arbitrariedad por parte del tribunal de Gualeguaychú, de la Casación, de la Corte local.
Los abogados aseguraron que Nahir había sido victima de violencia de género por parte de su novio -con quien llevaba cuatro años de relación- y que al desconocer las pruebas que indicaban esto se vulneraron pactos internacionales sobre violencia de género consagrados en la Constitución Nacional.
Luego de girar por las vocalías de la Corte durante casi dos años, el recurso de queja de la defensa de Nahir fue enviado al área de Dictámenes Penales de la Procuración General de la Nación que lo analizó y ahora dio su opinión en contra de los argumentos de los abogados defensores.
El máximo tribunal le había pedido su opinión al Procurador Eduardo Casal, quien convalidó la actuación de la Justicia de Entre Ríos en los tres estadíos por los que pasó la causa. Consideró que la prueba contra Nahir fue evaluada correctamente, que no hubo arbitrariedad y que la condición “recurso extraordinario federal” de la apelación no estaba acreditada.
En consecuencia, le había recomendado a la Corte rechazar la queja de plano dejando firme la condena a prisión perpetua por “homicidio calificado por ser de una persona con la cual mantenía o ha mantenido relación de pareja”.
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