A partir del 16 de diciembre, empleadores de la provincia deberán anotarse en el Registro Digital de Empleadores, desarrollado por la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social de Entre Ríos. Esta destinado a todas las personas y empresas con trabajadores en la provincia.
Este sistema es obligatorio y gestionado de manera online. Tiene como objetivo simplificar trámites laborales, fomentar la digitalización y mejorar la comunicación entre trabajadores y la Secretaría.
Fue oficializado mediante la Resolución N° 580/2024, publicada en el Boletín oficial. En la norma dice que busca “promover celeridad en la toma de decisiones dentro de los procedimientos administrativos” .
¿Cómo hacer para registrarse?
Los permisos deben presentar documentos como la constancia de inscripción en AFIP, DNI (para personas físicas), o instrumentos de representación legal en el caso de personas jurídicas. El período de registro será del 16 al 30 de diciembre de 2024.
Además cada empleador deberá constituir un domicilio electrónico para recibir notificaciones y este domicilio será el único medio válido de comunicación. Es obligatorio actualizar la información anualmente entre el 1° de enero y el 31 de marzo. Si no se cumple, se suspenderá la operatoria en el sistema.
Obligatoriedad y sanciones
El decreto establece que si un empleador se niega a registrarse “no se permitirá la rúbrica, habilitación o intervención de documentación laboral”. Además podrá considerarse como una infracción laboral sancionable.
Cabe destacar que “las declaraciones realizadas en el sistema revisten el carácter de Declaración Jurada del empleador, por lo que se encontrarán sujetas a las penalidades impuestas por la normativa vigente”.
Fiscalización y validación
El registro será gestionado por la División Documentación Laboral del Departamento Policía del Trabajo, que verificará y validará la información presentada. Tendrán un plazo de 10 días hábiles para corregir observaciones, de lo contrario, se considerará no realizado el trámite.
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