Condenaron a intendente salteño por abrir un paso ilegal en frontera con Bolivia
La condena fue dictada por el juez federal de Garantías N°1 Julio Bavio, quien lo consideró penalmente responsable por el delito de violación de los deberes de funcionario público, en calidad de autor por abrir con una máquina retroexcavadora una calle que conducía a la vera del Río Bermejo, en cercanías del puesto de control conocido como “ACI Chalanas”.
El hecho ocurrió el 29 de abril de 2016 y ante esta situación, y según publicó el portal del Ministerio Público Fiscal de la Nación, el comandante de la Gendarmería Nacional César Miguel Arias, quien en ese momento estaba al frente del Escuadrón 20 “Orán”, junto al administrador de la División Aduana de Orán, Edgardo Enrique Beretta, elevaron nota de la situación a la Fiscalía Federal de esa ciudad.
De las averiguaciones se pudo establecer que la máquina retroexcavadora y su operador pertenecían a la Municipalidad de Pichanal; que el servicio había sido contratado por el intendente Oliva; y que la apertura de la calle fue supervisada por otra persona del municipio de Aguas Blancas, que el maquinista no pudo identificar, aunque dijo que era un hombre “alto”.
Las tareas habilitaron una calle, la cual corría de manera lateral al Puesto de Control, en el sector denominado “El Paltal” y, en consecuencia, se habilitó una suerte de paso clandestino con acceso directo al territorio argentino, desde el embarcadero hasta el interior del pueblo, con circulación contigua al salón de control Área de Control Integrado (ACI) y con desembarcadero directo en la parada de taxi de la empresa “Los Lapachos”.
También se comprobó que el intendente no había gestionado la apertura de la calle ante la Comisión Nacional de Zonas de Seguridad, para pedir la correspondiente autorización.
El intendente fue interrogado en la instrucción de la causa y aseguró no haber ordenado la obra que derivó en la apertura de la calle, la cual mandó a cerrar al día siguiente.
Ya en el juicio, que comenzó el pasado 29 de agosto, Oliva ratificó lo dicho en la indagatoria y se proclamó inocente.
Sin embargo, durante la recepción de las declaraciones testimoniales, la Fiscalía probó lo contrario y por eso mantuvo la acusación y pidió para el intendente la pena de un mes de prisión más inhabilitación por el doble de tiempo, teniendo en cuenta que el imputado carecía de antecedentes y el hecho que de manera inmediata hizo cesar el delito ordenando la clausura de la calle.
Pero el juez, con criterio distinto y apoyado en jurisprudencia citada, se apartó de la pena requerida por el fiscal y le impuso una condena de 6 meses por el delito de violación de deberes de funcionario público.
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