Reforma laboral: punto por punto, los cambios en horas, licencias, huelga, juicios y negociación salarial

Con 42 votos afirmativos y 30 en contra, el Senado aprobó el proyecto de modernización laboral de Javier Milei. Para conseguir la mayoría, el Gobierno habilitó más concesiones de último minuto, con gestos a sindicatos, bancos, y empresas.

Los árbitros de la votación fueron los gobernadores, que ganaron la trascendental batalla por los cambios impositivos.

 

Tras una ardua negociación, el proyectó mantuvo gran parte de su articulado original.

 

Punto por punto, los ejes centrales.

 

1-El nuevo sistema de indemnizaciones: ¿abaratamiento del despido o incentivo al empleo?

El aspecto más polémico de la reforma es la reestructuración del sistema indemnizatorio.

A partir de ahora, el cálculo de las indemnizaciones por despido excluirá conceptos que tradicionalmente formaban parte de la base: vacaciones, aguinaldo, propinas y premios quedan fuera de la ecuación.

Además, se establece un tope salarial que no podrá superar tres veces el salario promedio mensual según el convenio colectivo aplicable a la categoría del trabajador.

Para evitar discrecionalidades en los litigios judiciales, las indemnizaciones se actualizarán por inflación más un plus del 3% anual.

Las empresas condenadas tendrán la posibilidad de cancelar estas sentencias en cuotas: seis meses para grandes compañías y hasta doce meses para las pymes, una medida que busca evitar el cierre de empresas por sentencias elevadas.

El proyecto crea un nuevo instrumento financiero: los Fondos de Asistencia Laboral (FAL). Se trata de cuentas específicas e inembargables que conformarán los empleadores mediante un aporte obligatorio mensual equivalente al 1% de las contribuciones patronales para grandes empresas y al 2,5% para pymes.

La administración de estos recursos quedará en manos de la Comisión Nacional de Valores.

Los críticos advierten que este mecanismo, aunque se presenta como un seguro de desempleo modernizado, terminará desfinanciando el sistema previsional al reducir los aportes tradicionales.

 

2-Flexibilización laboral: más horas, nuevas modalidades

La reforma autoriza extender la jornada laboral diaria de 8 a 12 horas, siempre respetando el descanso obligatorio de 12 horas entre jornadas. Esta medida, defendida por sectores empresariales como necesaria para aumentar la productividad, genera preocupación en los sindicatos sobre posibles abusos.

En cuanto a las horas extras, se introduce un cambio paradigmático: empleador y trabajador podrán acordar voluntariamente un régimen de compensación mediante un “banco de horas” o francos compensatorios, en lugar del tradicional pago adicional.

También se habilitan los contratos a tiempo parcial para jornadas inferiores a las legales, una modalidad que podría facilitar la inserción laboral de estudiantes, madres con hijos pequeños o jubilados, pero que también despierta temores sobre la precarización del empleo.

El período de vacaciones se concentrará entre el 1 de octubre y el 30 de abril, aunque las partes podrán acordar fechas alternativas. Se flexibiliza además el fraccionamiento, permitiendo dividir las vacaciones en períodos no menores a siete días corridos.

 

3-Licencias por enfermedad: la polémica de lo “voluntario”

Una de las modificaciones más cuestionadas se refiere a las licencias por enfermedad o accidentes ajenos al trabajo.

La reforma establece una distinción que ha generado rechazo: si la incapacidad deriva de una “actividad voluntaria y consciente”, el trabajador percibirá solo el 50% de su salario básico durante tres meses sin personas a cargo, o seis meses con personas a cargo.

Si la incapacidad no resulta de una acción voluntaria y riesgosa, la cobertura asciende al 75% del salario en los mismos plazos.

Los críticos señalan la dificultad de determinar qué constituye una “actividad voluntaria y consciente” y advierten sobre posibles disputas judiciales para definir, por ejemplo, si practicar un deporte recreativo o conducir una motocicleta califica como tal.

 

4-Sindicatos: negociación compleja con concesiones mutuas

El capítulo sindical refleja el intenso tira y afloja entre el Gobierno y las organizaciones gremiales.

Finalmente, se mantiene en el 6% la alícuota de aportes patronales destinados a las obras sociales, un triunfo sindical frente a intentos de reducción.

También permanece vigente la controvertida “cuota sindical” compulsiva que pagan todos los trabajadores, estén o no afiliados, aunque ahora con un tope del 2% del salario mensual y por un período máximo de dos años.

Para equilibrar, se fija un tope del 0,5% en los aportes a las cámaras empresarias.

Los empleadores continuarán actuando como agentes de retención de las cuotas sindicales, garantizando así el flujo financiero a los gremios. Sin embargo, el Gobierno logró mantener un punto clave: la prioridad de los acuerdos de empresa o regionales por sobre los convenios sectoriales, limitando la ultraactividad de los convenios colectivos, lo que debilita la influencia de las grandes centrales sindicales.

 

5-El derecho de huelga bajo nuevas restricciones

Uno de los aspectos más sensibles es la imposición de servicios mínimos durante las medidas de fuerza.

Los servicios catalogados como “esenciales” deberán asegurar una cobertura del 75% durante las huelgas, mientras que los “trascendentales” deberán mantener al menos el 50% de funcionamiento. El proyecto amplía significativamente el número de actividades alcanzadas por estas restricciones, incluyendo sectores que antes no estaban contemplados.

Además, las asambleas de trabajadores deberán contar con autorización previa del empleador, una disposición que organizaciones sindicales y de derechos humanos consideran una limitación inconstitucional al derecho de reunión y organización sindical.

 

6-La economía de plataformas: fuera del paraguas laboral

La reforma crea un marco específico para los trabajadores de aplicaciones digitales, definiendo la figura del “repartidor independiente”. El vínculo entre estos trabajadores y las plataformas no constituirá una relación laboral, sino un contrato de servicio independiente, lo que los excluye de las protecciones tradicionales del derecho del trabajo.

Esta decisión, celebrada por las empresas tecnológicas, es denunciada por organizaciones laborales, como una institucionalización de la precariedad en el sector de más rápido crecimiento de la economía.

 

7-Incentivos para formalizar

Para promover la registración laboral, se lanza el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), con vigencia de un año. Por cada nuevo trabajador incorporado, el empleador pagará contribuciones patronales reducidas del 8%, incluido el 3% destinado al Fondo de Indemnizaciones.

Las nuevas incorporaciones deberán cumplir alguna de estas condiciones: no haber tenido relación laboral registrada al 10 de diciembre de 2025, haber estado inscripto en el monotributo, o haber sido empleado público.

Paralelamente, el Programa de Promoción del Empleo Registrado (PER) busca regularizar situaciones de trabajo no registrado, mediante un mecanismo que la oposición califica como “blanqueo laboral”: condonación de hasta el 70% de deudas por falta de pago de aportes, baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) y extinción de acciones penales por evasión previsional.

 

8-Justicia laboral: el traspaso acelerado

La reforma introduce modificaciones en la Justicia Nacional del Trabajo para acelerar su transferencia a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires.

Se busca reducir la litigiosidad estableciendo que los acuerdos homologados tendrán el mismo valor que una sentencia firme, impidiendo su reapertura judicial.

También se imponen topes a los honorarios de abogados y peritos, una medida destinada a desactivar lo que el oficialismo denomina “industria del juicio”.

 

9-Estatutos especiales: deroga cinco regímenes

Tras intensas negociaciones, el proyecto mantiene la derogación de cinco estatutos profesionales específicos: periodistas, viajantes de comercio, peluqueros, choferes particulares y operadores de radio y telegrafía.

Sin embargo, concede un plazo de seis meses desde la sanción de la ley para que entren en vigencia estas derogaciones, permitiendo que los trabajadores alcanzados puedan reorganizarse.

La explicación de Sturzenegger tras la Reforma Laboral

Luego de la media sanción en el Senado de la reforma laboral, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, explicó algunos de los principales efectos que tendrá la Ley sobre los trabajadores.

En una entrevista con Radio Mitre, Sturzenegger detalló punto por punto los principales cambios y los alcances de la nueva ley que modifica relaciones laborales, vacaciones, juicios y negociaciones salariales.

Juicios laborales

Para los trabajadores que enfrenten un despido, la principal novedad es que tendrán más certezas sobre cuánto cobrarán en caso de litigio.

En este punto Sturzenegger fue enfático y aclaró que “el monto de las indemnizaciones, que es un mes por año trabajado, no se modifica en lo más mínimo”.

“El problema no era el monto indemnizatorio, que está entre los más favorables del mundo. El problema era la incertidumbre asociada al proceso del litigio”, remarcó. En tanto, lo que sí cambia es el proceso judicial:

-Actualización de montos previsible: La ley establece una fórmula fija para actualizar el dinero desde el despido hasta la sentencia. Se terminan las tasas de interés “como si hubieras invertido en Bitcoin”, según ejemplificó el ministro. Esto evita sorpresas tanto para empresas como para trabajadores que sabrán con anticipación cuánto pueden esperar.

-Peritos sin conflicto de interés: Los peritos que intervienen en juicios laborales cobrarán por su trabajo profesional, no como un porcentaje de la sentencia. Hasta ahora, un perito podía llevarse parte del monto que él mismo determinaba. “Tenías un incentivo a acrecentar eso”, señaló Sturzenegger.

-Juicios más rápidos: Se introduce la caducidad de instancia. Los litigios laborales no podrán extenderse indefinidamente. Si un abogado abandona un caso infundado, las costas serán solidarias con el profesional, no solo con el trabajador.

Salarios por empresa y región: el fin del convenio único nacional

Se trata de uno de los cambios más grandes para los trabajadores. Hasta ahora, un metalúrgico en Buenos Aires y otro en Santiago del Estero tenían que regirse por el mismo convenio colectivo nacional, indicó El Cronista.

El ministro defendió el cambio como una “federalización del trabajo”, y dijo que no todas las regiones tienen la misma estructura productiva.

La reforma introduce el principio de “prelación”: el convenio de empresa prevalece sobre el sectorial.

-Mayor flexibilidad local: Una empresa en una provincia con menor productividad podrá negociar condiciones adaptadas a su realidad, sin quedar atada al salario acordado en las zonas más ricas del país. Sturzenegger comparó la situación actual con Italia: “Acuerdan en Milán un acuerdo salarial y hay que aplicarlo en Calabria o en Sicilia, y por ahí no funciona ahí el mismo”, dijo a Radio Mitre.

-Negociación más cercana: Los trabajadores podrán negociar directamente con su empleador a través de sindicatos de empresa (la llamada “cláusula comadira”). Esto no elimina los sindicatos nacionales, pero les da competencia.

-Más empleo en el interior: Gobernadores del interior respaldaron esta medida, según relató Sturzenegger.

 

Menos cargas sobre el sueldo: qué se cobra y quién lo paga

El tercer eje de la reforma apunta a reducir todos los costos que pesan sobre la relación laboral más allá del salario directo.

-Menos impuestos al trabajo: El proyecto reduce los aportes patronales y crea el sistema RIFE para nuevas contrataciones. El Estado resigna ingresos. “Es la contribución de la motosierra al mercado laboral”, explicó Sturzenegger.

-Tope a las contribuciones sindicales: Actualmente, algunos sindicatos descuentan hasta el 7% del salario del trabajador. La reforma establece un tope del 2%. Además, estas contribuciones ya no serán automáticas: se elimina la “ultraactividad” que permitía que las cláusulas de los convenios se mantuvieran indefinidamente sin renegociación.

-Recibo de sueldo transparente: Una de las novedades más significativas para los trabajadores es que el recibo de sueldo incluirá todos los costos laborales. “Hoy el trabajador no tiene verdadera conciencia de cuánto es el costo que tiene ese empleo para el empleador en su conjunto”, señaló el ministro. El recibo mostrará aportes patronales, contribuciones sindicales y todas las cargas que hoy están ocultas.

Vacaciones flexibles

Según el ministro, la reforma incorpora cambios para adaptar la ley laboral al siglo XXI:

-Trabajadores de plataformas: Un aporte del diputado Cristian Ritondo clarifica la situación de trabajadores de apps como Uber o Rappi. Las empresas podrán ofrecer seguros y beneficios sin temor a que esto implique automáticamente una relación laboral tradicional.

-Vacaciones a medida: Ya no será obligatorio tomar las vacaciones en bloque. Con acuerdo entre empleador y trabajador, se podrán fraccionar.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *