Prohibieron la comercialización de dos marcas de miel y de varios suplementos dietarios
A través de las disposiciones 8806/2023 y 8807/2023, que fueron publicadas en la última edición del Boletín Oficial, la ANMAT prohibió la elaboración y venta de dos marcas de miel y de distintos suplementos dietarios por considerarlos “productos ilegales”
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En el primero de los documentos, se inhabilitó la comercialización de las mieles de abeja marca El Zapallar y El niño de cobre ex El Zapallar, ambas con la leyenda “De la colmena directo a tu mesa, Chaco, Argentina”.
Según la investigación, el titular del comercio donde fueron secuestrados los productos informó que los adquirió en el establecimiento Apícola “Don Ramiro” de Álvaro Ramiro Wainer de la ciudad chaqueña de José de San Martín, y aportó un remito emitido por el proveedor.
Sin embargo, cuando la personal del Área de Bromatología de la Municipalidad de General San Martin inspeccionó ese lugar, no constató existencia de los productos investigados, ni indicios de fraccionamiento de miel.
Finalmente, Wainer reconoció que las mieles eran envasadas en su domicilio. Por eso, al carecer de autorización y registros de establecimiento y producto, fueron retiradas del mercado.
Prohibición de distintos suplementos dietarios
En la siguiente disposición, la ANMAT prohibió la comercialización de seis suplementos dietarios: Dietary Supplement, CBD Multi – Fruit Gummy Drops, 300 mg per bottle, 30 CT; CBD Gummies, Energy and Focus, 1000 mg per jar, 40 CT; CBD Gummies, Stress and Mood, 1000 mg per jar, 40 CT; CBD Gel Capsules + Melatonin, Sleep Support, 750 mg per container, 30 CT; Dietary Supplement, CBD Oil – Orange Flavor, 500 mg, y Dietary Supplement, CBD Oil – Mint Flavor, 500 mg”.
La investigación comenzó a raíz de una consulta proveniente del Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires. Al analizar las bases de información, no se hallaron antecedentes de ingresos y registros de los productos investigados.
“Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio argentino”, se detalla.
Fuente: Elonce
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