Nueva subo de las prepagas: Será en tres tramos
El Gobierno autorizó el aumento de las cuotas de la medicina prepaga. Según lo establecido por el Ministerio de Salud de acuerdo a un suplemento del Boletín Oficial publicado hoy, las cuotas de los afiliados subirán un 8% a partir de mayo, un 10% desde el 1 de junio y otro 4% en julio.
“Autorízase a todas las Entidades de Medicina Prepaga inscriptas en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP) aumentos generales, complementarios y acumulativos de aquel que ha sido aprobado para el mes de abril de 2022, mediante la Resolución del Ministerio de Salud Nº 459/2022, de hasta un ocho por ciento (8%) a partir del 1º de mayo de 2022, de hasta un diez por ciento (10%) adicional y acumulativo a partir del 1º de junio de 2022 y de hasta un cuatro por ciento (4%) adicional y acumulativo a partir del 1º de julio de 2022″, indica el artículo 1 del decreto.
Entre los considerandos de la publicación oficial se menciona “el delicado contexto actual de emergencia sanitaria sin precedentes, cuyos efectos sobre el sistema sanitario aún no han cesado, no cabe soslayar el rol y la función asistencial fundamental que desempeñan los prestadores de salud, a través de la atención directa de beneficiarios y usuarios, tanto de los Agentes del Seguro de Salud como de las Entidades de Medicina Prepaga”.
Además, que “las entidades representativas del sector han expresado en forma reiterada su preocupación por el estado crítico en que se encuentran la mayoría de los prestadores y enfatizado la necesidad de garantizar valores retributivos adecuados por las prestaciones que brindan, a fin de paliar dicha situación y procurar su continuidad”.
De acuerdo a lo publicado por el Ministerio de Salud en el Boletín Oficial, las prepagas y las Obras Sociales deberán incrementar los aranceles que pagan a las clínicas, sanatorios y hospitales privados como así también a los profesionales del sector para los meses de mayo, junio y julio de este año, “en al menos un 90% del aumento porcentual de sus ingresos por vía de cuotas de medicina prepaga o negociaciones paritarias sindicales, para cada período considerado”.
Además se instruyó a la Superintendencia de Servicios de la Salud para que, conjuntamente con la Dirección de Economía de la salud, elabore un Índice de Costos de Salud que contemple “la evolución de los rubros de recursos humanos, medicamentos, insumos médicos, otros insumos y gastos generales que resulten significativos para el sector, dentro del plazo de treinta días”.
Asimismo, dicho índice deberá ser calculado bimestralmente, al último día de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre, y publicado por la Superintendencia de Servicios de la Salud de acuerdo a lo indicado en la Resolución, consignó Infobae.
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