Los contribuyentes inscriptos en el monotributo tendrán tiempo hasta el jueves 20 de agosto para pagar la cuota mensual correspondiente a ese período. La fecha no coincide con un feriado ni con un fin de semana, por lo que no será trasladada.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero establece que el vencimiento general opera el día 20 de cada mes. Cuando esa jornada resulta inhábil, el plazo pasa al primer día laborable siguiente.
El importe reúne el componente impositivo, el aporte jubilatorio y la cobertura de obra social. El monto varía según la categoría, la actividad declarada y la eventual incorporación de integrantes del grupo familiar.
Cómo pagar el monotributo de agosto
Los pequeños contribuyentes deben utilizar medios electrónicos. Entre las alternativas disponibles se encuentran el Volante Electrónico de Pago, el débito automático, las tarjetas habilitadas y la aplicación ARCA Móvil.
El pago presencial solamente está permitido para determinados grupos, como quienes pertenecen al régimen social, integrantes de cooperativas de trabajo y trabajadores independientes promovidos.
ARCA advierte que la acreditación puede demorar según el medio elegido. Por ese motivo, es recomendable controlar posteriormente que la operación haya sido aplicada al período correcto.
Qué ocurre después del vencimiento
Si la cuota del monotributo no se cancela antes del 20 de agosto, la obligación continúa vigente y comienza a generar intereses resarcitorios. El pago puede realizarse posteriormente, pero deberá incluir los recargos acumulados.
La deuda puede consultarse mediante el servicio “Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”, conocido como CCMA. Allí aparecen los períodos pendientes, pagos registrados, intereses y posibles saldos a favor.
Cuando la falta de pago se extiende durante diez meses consecutivos, ARCA puede disponer la baja de oficio del monotributo. Para volver al régimen será necesario cancelar las obligaciones o incorporarlas a un plan de pagos y luego realizar nuevamente la inscripción.
