De cuánto sería el aumento de las jubilaciones de la Anses en diciembre

En diciembre, según lo establecido por la ley de movilidad, los haberes de los jubilados y pensionados de la Anses deberán recibir el último de los cuatro reajustes previstos para cada año. Según estimaciones de especialistas en el tema, la suba sería de entre 16% y 18%, aunque falta aún información para calcular la cifra exacta. Si se confirma que el nivel de recomposición estará entre esos porcentajes, el aumento nominal habrá sido, de punta a punta de 2022, de entre 73% y 76%. En cualquier caso, se ubicará por debajo de la suba de los precios minoristas que, según las proyecciones, se ubicará para todo el año en alrededor de 100%.

 

La actual fórmula de movilidad previsional, aprobada por el Congreso en diciembre de 2020 a propuesta del actual gobierno, tiene una particularidad para el mes de diciembre, y es que podría activarse un tope, vinculado con la evolución que haya mostrado la recaudación de los recursos que recibe la Anses para hacer frente al pago de las prestaciones. Es decir, más allá de que el incremento anual de los ingresos no logre alcanzar a la inflación, la ley indica que, si el resultado de la fórmula para la suba de diciembre provoca que el incremento anual exceda un determinado número, entonces se le aplica un recorte al índice del último mes del año.

 

Es muy probable que el porcentaje en que se reajustarán los haberes se conozca oficialmente el jueves próximo, 10 de noviembre. Ese día, el Indec difundirá su informe referido al índice de salarios de septiembre. Es el último de los datos que intervienen en la fórmula de cálculo (entre los que se difunden) que falta conocer.

Un elemento que compone la fórmula es la variación trimestral de los salarios, según uno de dos indicadores: el ya antes mencionado, que elabora el Indec, o la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte). De ambos, se tiene en cuenta el que haya tenido la mayor variación, en este caso, en el tercer trimestre del año. Para definir la suba de diciembre, ya se sabe que el Ripte avanzó un 17,1% en el período de referencia. Y el índice del instituto de estadística creció, entre julio y agosto, un 12,36%. Por eso, si fuera una realidad el supuesto planteado por Rottenschweiler (es decir, si en septiembre la suba fue de 5%), entonces el indicador del Indec habría tenido en los tres meses una variación de casi 18% y, entonces, es el que se usaría para calcular la movilidad.

 

Si se confirma que la recomposición de diciembre será de entre 16% y 18%, entonces el haber mínimo, hoy de $43.352,59, pasará a ser de entre $50.300 y $51.200, aproximadamente. Desde septiembre último, mes desde cual rige la primera cifra citada, se paga también un refuerzo para un grupo de jubilados. En el caso de las mensualidades más bajas, ese adicional es de $7000. Por eso, en mano (ya hecho el descuento para financiar el PAMI), el ingreso entre septiembre y el actual mes se ubica, en esos casos, en $49.052.

 

Como los bonos actualmente en curso de pago se establecieron con vigencia hasta el actual mes, la expectativa está puesta en ver qué resuelve el Gobierno con respecto al eventual pago de un adicional para diciembre y los períodos siguientes. Si no se diera un monto extra, algunos jubilados –dependiendo de cuál sea finalmente el porcentaje de suba- podrían cobrar una cifra muy simular en diciembre que en noviembre (sin contar la cuota del aguinaldo) o incluso un monto inferior, publicó La Nación.

 

En lo que va de 2022 las subas por movilidad acumulan un 49,2%. Para quienes no perciben los bonos que buscan compensar las pérdidas por inflación, la caída de poder adquisitivo llegó a alrededor de 16% a octubre. En rigor, el dato del Indec da cuenta de que, entre enero y septiembre, la inflación fue de 66,1%. Con un 6,8% estimado para el décimo mes, por ejemplo, por C&T Asesores Económicos, hasta octubre a suba de precios habría acumulado un 77,4%.

 

El índice de movilidad se aplica para la actualización de los haberes del sistema previsional contributivo y también de las prestaciones no contributivas. Además, suben en función del índice los montos de la Asignación Universal por Hijo y de los pagos por familiares a cargo de un grupo de asalariados formales y monotributistas (aunque no se actualiza de manera consecuente el salario tope para poder cobrar esas prestaciones, lo cual perjudica a muchos trabajadores). Y es, también, la referencia para el incremento trimestral de los aportes previsionales de los autónomos, y de la menor y la mayor remuneración para hacer el cálculo de los aportes a la seguridad social, en el caso de los empleados dependientes.

 

La fórmula actual rige desde 2021, en virtud de la ley 27.609. En 2020, el primero de la gestión de Alberto Fernández y Cristina Kirchner, no hubo -por decisión del Gobierno- ningún mecanismo de reajustes automáticos vigente y, en cambio, se otorgaron aumentos discrecionales y por decreto que, en todos los casos, estuvieron por debajo de la inflación del año y por debajo del incremento que hubiera correspondido en caso de no haberse suspendido la movilidad anterior. Fue, en los hechos, un ajuste a las jubilaciones que, en algunos casos de quienes se sintieron más afectados, se discute hoy en la Justicia.

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