Crueldad en Villa San Marcial: Admiten como “víctima no humana” a perro linchado

Crueldad en Villa San Marcial: Admiten como “víctima no humana” a perro linchado

La Cámara de Casación Penal de Concordia revocó el fallo del vocal a cargo de la Cámara de la Sala de Audiencias del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concepción del Uruguay y resolvió admitir la constitución como querellante a la Asociación Civil Ayuda Animal en el caso del cachorro vejado y muerto en San Marcial por un grupo de jóvenes. De este modo, la Justicia permite el ingreso en la causa y reconoce como “víctima no humana” a “Angelito”, al tiempo que lo considera “sujeto de protección y titular de derechos”.

 

El tribunal integrado en el sorteo por Darío Gustavo Perroud, María del Luján Giorgio y María Evangelina Bruzzo, determinó por unanimidad hacer lugar al pedido de constitución como parte querellantes a la Asociación Civil Ayuda Animal de Concepción del Uruguay. La solicitud para querellar en la causa judicial que investiga la muerte del can “Angelito”, ocurrida en San Marcial, había sido anteriormente rechazada en dos oportunidades: por el juez de Garantías de Concepción del Uruguay, Gustavo Ariel Díaz; y el vocal a cargo de la Cámara de la Sala de Audiencias del Tribunal de Juicios y Apelaciones, Mariano Sebastián Martínez.

 

Proteccionistas insistirán en ser querellantes en caso de crueldad animal

Con esta decisión, según explicó la letrada Cecilia Domínguez, también se tiene se “encuentra como víctima y ofendido por actos de maltrato y crueldad animal” al perro joven mestizo que fue sometido a torturas y posterior muerte por parte de un adulto y dos menores en agosto de 2023.

 

La abogada se mostró muy contenta con este resultado, “después de haber transitado un largo camino, con muchas angustias e impotencia, en razón del fallo (anteriormente) dictado en el cual no se hacía lugar a la constitución como parte”. Esta situación impedía “a Angelito poder recurrir ante la Justicia. Hoy podemos decir que ingresamos en la causa judicial en su representación”.

En cuando al alcance de la medida, Domínguez puntualizó que se reconoce a “Angelito” en “calidad de víctima de sujeto no humano titular de derechos y ser sintiente; animal, sujeto de protección y titular de derechos; se lo reconoce como víctima no humana; se reconoce a su vez como ofendido y titular del bien jurídico tutelado; se reconoce el derecho a la doble instancia en un proceso para una víctima no humana; pero también que ‘Angelito’ va a poder formar parte del proceso que se sigue llevando a cabo”, enumeró.

Valorando la instancia, igualmente la representante legal admite: “Esto no culmina acá, hay que continuar el camino y exigir la aplicación íntegra del tipo penal correspondiente a la Ley 14.346 (Protección de los Animales; Maltrato y Actos de Crueldad Animal), dada la Gravedad de hecho penal cometido contra su persona y en la búsqueda de justicia por ‘Angelito’ de San Marcial”.

 

Fuente: Era Verde

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