Boliche deberá pagarle más de 52 millones de pesos a un joven: los motivos

Boliche deberá pagarle más de 52 millones de pesos a un joven: los motivos

En Mar del Plata, la Justicia Civil y Comercial condenó a un boliche y su compañía aseguradora a pagarle 52.200.000 de pesos a un joven que sufrió serias heridas luego de que le estallara un vidrio en la cara mientras estaba en el interior del local, durante los festejos de San Patricio en 2017.

Según la resolución del juez Félix Adrián Ferrán, Pura Sal SRL y la compañía de Seguros Federación Patronal Seguros deberán pagar 52.200.000 de pesos por no haber cumplido con su deber de seguridad. El monto, ha sido discriminado en 1.200.000 de pesos por gastos de atención medica y farmacia; 38.000.000 de pesos por incapacidad parcial y permanente y 13.000.000 de pesos por daño moral.

El hecho que motivó la denuncia ocurrió el 17 de marzo de 2017 a la madrugada, en el boliche Quba, ubicado en la escollera norte. Esa madrugada, la víctima, un joven que en ese momento tenía 21 años, había ido con dos amigas para celebrar el día de San Patricio cuando, dentro del local le estalló un objeto de vidrio en el rostro, lo que le produjo severas lesiones.

Como consecuencia de ello, el joven padeció y padece secuelas físicas y psíquicas, como cicatrices de tal importancia que le han causado daño emocional y psicológico.

En la sentencia del juez Ferrán, dejó constancia que el 15 de mayo de 2018, el joven se sometió a una intervención quirúrgica mediante la técnica de aplicación de laser pixelado, la que no dio buen resultado pues no disimuló las cicatrices que tenía en el rostro y tampoco logró rehabilitar la pérdida de sensibilidad que tiene. En julio de ese año, un médico especialista consideró que la víctima padecía de una incapacidad de un 44.8 %.

Respecto de las secuelas psicológicas, la víctima explicó que las cicatrices han desfigurado su rostro por completo, debiendo desde la fecha del hecho, luchar para que disminuyan lo más posible y no empeoren. Para ello debe utilizar todo tipo de cremas extremadamente costosas y no puede exponerse al sol, por lo que pasa el tiempo recluido en su casa durante todo el día.

Al momento de producirse el incidente, el joven cursaba la carrera de abogacía, pero decidió abandonarla porque no quería que nadie lo viera, por lo que se recluyó en su casa sin querer siquiera recibir visitas. Tuvo, además, temor de salir a la calle, ya que tenía una sensación desagradable al ver las reacciones de la gente cuando le miraba la cara.

“Todo ello le ha producido un gran daño emocional y psicológico que lo ha sumido en una depresión que ha cambiado completamente su forma de ser, de ver y enfrentar la vida”, concluye el magistrado en la sentencia. Además, según un diagnóstico profesional, el joven padece estrés postraumático moderado, que le genera un grado de incapacidad neuropsiquiátrica del 25%.

Finalmente, el juez Ferrán explicó en la sentencia que resolvió al aplicar la Ley de defensa del Consumidor (ley 24240), por existir una deber de seguridad por parte de la sociedad demandada.

Además, aclaró que los montos se actualizarán hasta el efectivo pago, de manera mensual por el índice de precios al consumidor (IPC) del INDEC, más una tasa de interés “pura” que se determina en un 6% anual sobre el capital ajustado.

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