Aguinaldo 2024: ¿quiénes pueden pagar el SAC en tres cuotas?

Aguinaldo 2024: ¿quiénes pueden pagar el SAC en tres cuotas?

Aunque la tradición señala que el Sueldo Anual Complementario (SAC), más conocido como aguinaldo, suele cobrarse en dos cuotas al año, una regulación nacional establece que un grupo de empleados puede cobrarlo hasta en tres partes. Para ellos, es probable que junio no establezca la fecha de pago de alguna de sus cuotas.

 

La mayor parte de los trabajadores recibe sus cuotas de SAC en junio y en diciembre. El pago extra corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual percibida por la trabajadora dentro de cada uno de los semestres.

 

Aunque el empleado haya trabajado menos de seis meses antes de la fecha de cobro, le corresponderá su aguinaldo. En este caso, el cálculo del pago será calculado de manera proporcional al tiempo trabajado.

 

 

Quiénes pueden cobrar el aguinaldo en tres cuotas

 

La ley 24.467 de pequeñas y medianas empresas establece que los empleadores pueden pagar el SAC hasta en tres partes. Es decir que solo las PyMES podrán dividir el aguinaldo en más de dos partes, siempre que sus convenios colectivos lo prevean y que no excedan de tres períodos en el año.

En este caso, serán los propios convenios los que establezcan las fechas límite de pago de cada una de las tres cuotas. Es habitual, sin embargo, que los tres pagos se hagan en cada uno de los tres cuatrimestres del año. De este modo, se abonaría la primera cuota hasta el 30 de abril; la segunda cuota, hasta el 30 de agosto; la última, hasta el 30 de diciembre.

 

Fórmula para calcular el aguinaldo
El importe a abonar en cada semestre corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual percibida por el trabajador en dicho semestre. Las horas extras, comisiones y cualquier otra remuneración variable forman parte de la remuneración mensual devengada que se considera para determinar la mayor remuneración del semestre.

Para obtener el monto neto (en mano) del aguinaldo, al monto bruto se deben aplicar los siguientes descuentos:

– 11% de jubilación

– 3% de Pami

– 3% de Obra Social

– 2% sindical (o porcentaje correspondiente)

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