Este miércoles, el Tribunal de Comercio Internacional de Estados Unidos (ITC, por sus siglas en inglés) frenó los “aranceles recíprocos” del 10% que el presidente Donald Trump impuso por decreto a los productos importados, al considerar que dicha medida excede los poderes del Ejecutivo y que solo el Congreso tiene la facultad de establecer este tipo de gravámenes.
Trump había anunciado el pasado 2 de abril la imposición de aranceles de al menos un 10% —y de hasta un 50% según el país de origen— sobre todas las importaciones al país, justificando su decisión en la Ley de Poderes Económicos en Caso de Emergencia Nacional (IEEPA, por sus siglas en inglés), aprobada en 1977. Aquel día, que calificó como el “Día de la Liberación”, también lanzó tarifas especiales dirigidas a países como Canadá, México y China. Sin embargo, algunos de estos aranceles más elevados fueron suspendidos temporalmente para facilitar negociaciones diplomáticas con ciertos gobiernos y bloques comerciales, como la Unión Europea.
En su fallo, los tres jueces del ITC concluyeron que Trump se extralimitó en sus funciones al aplicar aranceles de forma unilateral bajo la IEEPA. Según la corte, esta ley no otorga al presidente poderes “ilimitados” para fijar impuestos a las importaciones, ni lo habilita a establecer tarifas generalizadas como las decretadas en abril. Uno de los jueces remarcó en su opinión escrita que permitir tal uso de la ley equivaldría a una “cesión indebida del poder legislativo” al Ejecutivo, lo cual va en contra de la Constitución de Estados Unidos.
“La IEEPA autoriza al presidente a tomar medidas económicas en situaciones de emergencia nacional frente a amenazas ‘extraordinarias e inusuales’”, explicó el tribunal, pero subrayó que esto no se traduce en carta blanca para imponer aranceles a discreción.