Rechazo del Senado a los pliegos para los jueces de la Corte Suprema: ¿Qué hará García Mansilla?

Este jueves, el Senado rechazó los pliegos de Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla para integrar la Corte Suprema. Tras la votación, el juez federal de La Plata, Alejo Ramos Padilla, firmó una cautelar en la que le ordena a García-Mansilla que “se abstenga de tomar decisiones”.

García Mansilla ya integra la Corte Suprema porque prestó juramento en el Máximo Tribunal después que Javier Milei lo nombrara por decreto. La cautelar de Ramos Padilla tiene una vigencia de tres meses. Además, advierte a García-Mansilla que debe cumplir con ese fallo “bajo apercibimiento de aplicarse sanciones penales y/o pecuniarias”.

Para Ramos Padilla, luego del rechazo del Senado también el juez federal Ariel Lijo está impedido de asumir en la Corte. En el mismo fallo, el juez de La Plata rechazó los planteos del Gobierno y del mismo García-Mansilla que lo habían recusado cuando intervino en el tema del decreto firmado por Milei.

En su momento, García Mansila replicó que su remoción “solo podía darse mediante juicio político”. “Toda vez que el nombramiento en comisión previsto en el Decreto 137/25 se hizo efectivo luego de haber prestado yo juramento, ya soy juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, dijo entonces. Enfatizando que solo el Congreso de la Nación, a través del proceso de juicio político, tenía la facultad de removerlo de su puesto, dado que “un juez no puede remover a otro juez”.

¿Qué hará luego del rechazo?

Ahora queda ver, con el rechazo del pliego en el Senado, que hará en las próximas horas García-Mansilla. Las versiones a última hora del jueves indicaban que este viernes consultaría a los otros tres jueces de la Corte, Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rozenkrantz. Les pediría que digan cómo queda su investidura bajo la lupa constitucional.

Los cuestionamientos a que García-Mansilla haya jurado en la Corte han sido muchos. Este jueves el doctor Raúl Gustavo Ferreyra, titular de Derecho Constitucional de la UBA, enfatizó que “la Constitución prohíbe la designación presidencial de comisionados del ejecutivo en la Corte Suprema de Justicia”.

“La asunción de funciones en la Corte por una persona comisionada por el presidente constituye un acto abierta y manifiestamente inconstitucional que no puede curarse”, agregó Ferreyra, destacando que “el acto institucional expreso por el cual el Senado rechaza el pliego del mismo juez que asumió inconstitucionalmente en comisión delegado por el presidente comporta la necesidad de su renuncia inmediata”.

“No habría ni idoneidad técnica ni moral, requisitos de los requisitos para ser servidor público en la República establecidos por el art. 16 de la Constitución”, concluyó Ferreyra en relación al caso de García Mansilla. Queda ver, entonces, que hace el miembro de la Corte Suprema en las próximas horas.

 

Fuente: Perfil

IMPORTANTE: LOS COMENTARIOS DE LA GENTE SOBRE ESTA NOTICIA ESTÁN MÁS ABAJO. VOS TAMBIÉN PODÉS DEJAR TU COMENTARIO.