La justicia investiga la venta de una beba ocurrida en 1993

La justicia investiga la venta de una beba ocurrida en 1993

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la provincia de Corrientes trasladó a una fiscalía federal el caso de una mujer que denunció que la hija que tuvo hace 29 años fue vendida por quien en ese entonces la tenía a su cuidado, informaron fuentes oficiales.

La asesoría jurídico penal del Ministerio de Justicia de Corrientes formalizó ante la Fiscalía Federal 1 de Corrientes, a cargo de Flavio Ferrini, el caso de una mujer del interior provincial que denuncia la venta de una hija que dio a luz en 1993, según informó la cartera en un comunicado.

En su presentación, los abogados Nicole Jones Romero, Conrado Rudy Pérez y Juan Francisco López Palomeque, sostuvieron que se trata de un caso del delito de trata, robo y venta de la niña, nacida cuando su madre tenía 16 años de edad.

La víctima vivía en el interior de la provincia de Corrientes, en 1992 quedó embarazada, con sólo 16 años y su padre, muy enojado por esta situación, la entregó a una señora que residía en la Capital correntina, para que se ´encargue de ocultar este problema”, informó el ministerio.

Esta mujer la mantenía en cautiverio, encerrada con llave en una habitación, obligándola a cumplir con tareas físicas forzosas y de limpieza de la casa.

“Prácticamente era la esclava, la sirvienta, sólo me dejaban salir si ellos me llevaban al médico. Ese año, pasé las fiestas, Navidad y año nuevo, encerrada con llave en una habitación, sola e incomunicada”, denunció la víctima.

El 25 de enero de 1993 dio a luz a una niña en un sanatorio de la capital correntina y desde ese día no pudo ver más a su hija, la mantuvieron “dopada, dormida”, denunció y añadió que quiso ponerle de nombre Katerine pero la llamaron María Inés.

La mujer que la mantuvo en cautiverio y le arrebató la bebé le dijo “que ‘estaba muy lejos, que no la busque, que era joven y podía tener más hijos’, pero después de eso, escuché una conversación por teléfono donde ella decía que había vendido a mi bebé a gente del extranjero”, señala el parte de prensa despachado este miércoles por la cartera conducida por Juan José López Desimoni.

Asimismo, explicaron que la supuesta vendedora de la niña, “que actualmente tiene una edad avanzada, vive aún en la misma ciudad de Corrientes y se sigue rehusando a darle información de donde está su hija”, explicó el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la provincia.

“Hoy la bebé desaparecida tendría 29 años, y su madre víctima de trata nunca paró de buscarla. Acudió a la justicia, haciendo una denuncia en sede provincial, pero no obtuvo respuesta y la archivaron”, explicó el ministerio.

De acuerdo con los abogados, se trata de un caso imprescriptible, es decir, por el cual no deben correr plazos, puesto que comprende la violación de derechos humanos y el delito se sigue cometiendo en forma continuada.

En ese sentido, el equipo jurídico destacó que “debemos hacer todo lo posible como sociedad para dar una respuesta a la víctima y no volver a revictimizarla con cuestiones procesales como la prescripción, que por lineamientos Internacionales, no puede, ni debe, aplicarse en estos casos”.

Fundamentos legales

Su planteo está basado en que, más allá del encuadre jurídico del caso, la trata de mujeres y el robo y venta de su bebé son consagrados por el Derecho Internacional Público en forma imperativa como delitos imprescriptibles conforme lo establecido en la Convención Americana sobre Derechos Humanos -Pacto de San José de Costa Rica- con jerarquía constitucional.

Entre otras normas, recordaron que la Corte Interamericana de Derechos Humanos tiene establecido que “la trata de personas es un delito de derecho internacional cuya prohibición tiene status de ius cogens, y que no es admisible la invocación de figuras procesales como la prescripción, para evitar la obligación de investigar y sancionar estos delitos”, en congruencia con lo resuelto en el caso Walter Bullacio, en que ordenó al Estado Argentino a “investigar delitos graves y dar respuestas a sus víctimas y a toda la sociedad, aun luego de haberse resuelto una supuesta prescripción”.

Los abogados también mencionaron que rigen las normas de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas (1994, Organización de Estados Americanos), aprobada por Ley 24556/1995 y con jerarquía constitucional por Ley 24820, que establece que “el delito es permanente hasta tanto no se establezca el paradero de la víctima”.

Por otra parte, explicaron que la asesoría legal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos brindará un acompañamiento a la víctima “hasta que pueda obtener justicia y logre por fin reencontrarse con su hija”, sostuvieron.

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