Consultar aquí el reintegro del programa compre sin IVA

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Entró en vigencia hoy la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para la canasta básica. Con esto, se reintegrará el 21% del IVA de los productos de la canasta básica, tiene un tope de devolución de $ 18.800; y abarca a trabajadores en relación de dependencia con ingresos de hasta seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, y quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas nacionales con un máximo de seis haberes mínimos.

 

De esta forma, el tope de ingresos para acceder al beneficio en el caso de los trabajadores será de $ 708.000 y de $ 524.758,56 para los jubilados.

 

También podrán acceder a la devolución del IVA el personal de casas particulares encuadradas en el régimen especial de la actividad, monotributistas de todas las categorías, y beneficiarios de la Tarjeta Alimentar o de las tarjetas emitidas del Programa Potenciar Trabajo.

Quedan exceptuados los contribuyentes del Impuesto a los Bienes Personales, siempre y cuando no paguen el tributo sólo por la tenencia de un inmueble para vivienda única, y los trabajadores autónomos.

No hace falta que quienes quieran recibir la devolución verifiquen si su comercio de cercanía está adherido al programa, ya que la devolución del IVA “se habilita de manera automática a todos los comercios, supermercados y minimercados, verdulerías, carnicerías, fruterías, que venden este tipo de productos, porque está concentrado para lo que es alimentos y bebidas, frutas y verduras y carne centralmente, así como también los productos de higiene personal y de la canasta del hogar”.

 

 

Cerca de este mediodía se habilitó la opción para chequear en la web oficial de la AFIP si entrás en la categoría de beneficiario o no.

Devolución del IVA: cómo saber si podés ser beneficiario del reintegro del IVA

1. Ingresar a: https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/reintegro/consulta.aspx

 

2. Se debe ingresar el CUIL y el código de seguridad.

3. Aparecerá en la pantalla si está o no incluido.

 

Sobre el Compre sin IVA

Mediante este programa se reintegrará el 21% del IVA de los productos de la canasta básica. Tiene un tope de devolución de $ 18.800; y abarca a trabajadores en relación de dependencia con ingresos de hasta seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, y quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas nacionales con un máximo de seis haberes mínimos.

De esta forma, el tope de ingresos para acceder al beneficio en el caso de los trabajadores será de $ 708.000 y de $ 524.758,56 para los jubilados.

También podrán acceder a la devolución del IVA el personal de casas particulares encuadradas en el régimen especial de la actividad, monotributistas de todas las categorías, y beneficiarios de la Tarjeta Alimentar o de las tarjetas emitidas del Programa Potenciar Trabajo.

 

Quedan exceptuados los contribuyentes del Impuesto a los Bienes Personales, siempre y cuando no paguen el tributo sólo por la tenencia de un inmueble para vivienda única, y los trabajadores autónomos.

No hace falta que quienes quieran recibir la devolución verifiquen si su comercio de cercanía está adherido al programa, ya que la devolución del IVA “se habilita de manera automática a todos los comercios, supermercados y minimercados, verdulerías, carnicerías, fruterías, que venden este tipo de productos, porque está concentrado para lo que es alimentos y bebidas, frutas y verduras y carne centralmente, así como también los productos de higiene personal y de la canasta del hogar”.

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