Chile: La Corte agravó penas a militares por el crimen de 38 campesinos en 1973

Chile: La Corte agravó penas a militares por el crimen de 38 campesinos en 1973

La Corte Suprema de Chile elevó las condenas para 10 miembros del Ejército sentenciados por el secuestro y asesinato de 38 campesinos de la localidad rural de Paine, ocurrido un mes después del golpe de Estado de septiembre de 1973, un caso emblemático de las atrocidades de la dictadura de Augusto Pinochet.

Pasados 49 años de la matanza, la Corte recalificó las sentencias por las muertes de 36 trabajadores agrícolas y dos empresarios, todos de Paine –a unos 30 kilómetros de Santiago-, quienes fueron ejecutados en la cuesta Chada y la quebrada Los Quillayes, el 3 y 16 de octubre 1973, respectivamente, por integrantes de la Escuela de Infantería de San Bernardo.

Los jueces Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier y los abogados integrantes Diego Murita y Leonor Etchebery, en fallo histórico, condenaron a Jorge Romero Campos y Arturo Fernández Rodríguez, capitán y subteniente del Ejército, respectivamente, a 20 años de cárcel como autores del secuestro calificados de las víctimas.

Esa decisión implica un aumento en las penas que habían sido dictadas en segunda instancia por la Corte de Apelaciones de San Miguel, y que implicaban 15 años para Romero y 10 para Fernández.

Del mismo modo, el máximo tribunal cambió hacia arriba las penas para el cabo José Vásquez y los conscriptos Carlos Lazo, Juan Opazo y Carlos Durán de 5 a 10 años de presidio mayor en su grado mínimo, también como autores de homicidio calificado.

La misma sentencia recibieron los conscriptos Roberto Pinto, Jorge Saavedra y Víctor Sandoval.

En el caso del conscripto Raúl Francisco Areyte, el máximo tribunal aumentó su condena de 5 a 6 años de presidio mayor en grado mínimo como autor de 14 homicidios calificados, reportó la agencia Ansa.

Para todos ellos la Corte Suprema recalificó los delitos en relación al fallo de segunda instancia, de secuestro calificado a homicidio calificado.

Del mismo modo, los jueces reconocieron la colaboración que tuvieron los conscriptos mediante sus declaraciones, lo que habría aportado en las identificaciones y les aplicó la atenuante especial de colaboración sustancial y de irreprochable conducta anterior.

En cuanto al capitán de Carabineros actualmente en retiro Nelson Bravo fue condenado a 10 años de presidio mayor en su grado medio, cuya pena fue elevada en 5 años y su delito fue recalificado como autor de secuestro simple a secuestro calificado de Ramón Capetillo y Mario Muñoz, ocurrido entre el 8 y 10 de octubre de 1973.

Osvaldo Magaña, Juan Guillermo Quintanilla y Carlos Kylling, quienes habían sido condenados durante el proceso, fueron sobreseidos porque ya están muertos, igual que Víctor Pinto.

El abogado querellante Nelson Caucoto, representante de familiares de 37 víctimas, celebró el fallo: “Mañana habrá un día más luminoso para los familiares de las víctimas de Paine, ejecutadas por militares de la Escuela de Infantería de San Bernardo, un día plagado de nuevas sensaciones y esperanzas”, destacó.

Los campesinos pertenecían a distintos asentamientos y habían participado en el proceso de reforma agraria que se dio en el país entre 1967 y 1973.

Para Caucoto, “lo que hizo la Corte Suprema es un acto de sanidad para esos familiares y para la sociedad chilena en general” y demostrar que “a pesar del largo tiempo transcurrido, la Justicia es posible”.

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