La reciente medida anunciada para poder seguir recibiendo subsidios en los servicios de luz y gas, ha generado incertidumbre en diversos sectores. Sin embargo, para los clubes de barrio de Entre Ríos, la revalidación no tendrá repercusiones, ya que no forman parte del nuevo proceso.
Hugo Grassi es el presidente de la Federación Entrerriana de Clubes. Aclaró que “este comunicado de la Nación que hay que reempadronarse es de la Secretaría de Energía de la Nación. Los clubes no entramos y no tenemos que hacer nada”.
La medida afecta a los clubes de barrio de todo el país y busca actualizar la información de los beneficiarios de los subsidios energéticos. Sin embargo, Grassi resaltó que la situación en Entre Ríos es diferente, ya que los clubes cuentan con un sistema provincial independiente.
“Nosotros tenemos nuestra propia secretaría de Energía provincial y nuestro propio beneficio. Por eso es la tranquilidad de llevarle a la gente que por ahora la Secretaría de Energía de la provincia no se ha expedido”, explicó Grassi.
En Entre Ríos, los clubes de barrio disfrutan de beneficios específicos en cuanto al servicio de electricidad, que varían según la institución. Grassi detalló que algunas entidades educativas que prestan servicios de electricidad a clubes disfrutan de un descuento del 45%.
Además, existe un beneficio adicional relacionado con los medidores de energía. “Tenemos un beneficio de un medidor de energía de 670 kws. A partir de ahí, lo que se consume y se paga es un 55%. La quita ha sido importante”, afirmó Grassi. Además destacó la relevancia de estos descuentos en un contexto de crisis económica y aumento de tarifas.
Lo que dispone Nación
Según establece la Ley 27.098, podrán formar parte del en el registro aquellas instituciones que cumplan con los siguientes requisitos:
– Ser una asociación civil sin fines de lucro.
– Tengan por objeto el desarrollo de actividades deportivas no profesionales en todas su modalidades.
– Faciliten sus instalaciones para la educación no formal, el fomento cultural de todos sus asociados y la comunidad a la que pertenecen.
– Posean personería jurídica vigente y domicilio legal en la República Argentina.
– Acrediten una antigüedad mínima de tres (3) años desde su constitución formal.
– Poseer una cantidad mínima de cincuenta (50) asociados y una máxima de dos mil (2.000) socios al momento de la inscripción.
Con información de Ámbito y Elonce
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