La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió este martes a través de su publicación en el el Boletín Oficial, la comercialización de una miel.
La Disposición 876/2021 establece la prohibición de la comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas digitales del producto: “Miel seleccionada multifloral”, marca Pura, RENAPA N° 1915-7130 y RNR (en trámite), Miel de Chascomús, Vencimiento 15/01/22.
Se consigna en el producto el símbolo de alimento libre de gluten, por carecer de registros sanitarios y por consignar el símbolo de alimento libre de gluten sin estar autorizado como tal.
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