Confirman condena por mantener cautiva y prostituir a una menor en Paraná

Confirman condena por mantener cautiva y prostituir a una menor en Paraná
Hace un año y un mes sentenciaron a Flavio Santini a cuatro años y nueve meses de prisión por Trata, por haber mantenido cautiva y prostituido a una chica menor de edad. Ahora la condena del Tribunal Oral Federal de Paraná fue confirmado por la Cámara Federal de Casación Penal, y el hombre que está con prisión domiciliaria ya podría ir a la cárcel a cumplir la pena.

El caso reveló una trama de trata sexual que seguía funcionando más allá de los cierres de prostíbulos hace más de una década en la provincia. Además, se sospechó de la protección policial con la que contaba Santini, a quien incluso habrían alertado de un allanamiento en su casa cuando la Policía fue a rescatar a la víctima.

La historia comenzó a partir de un pedido de auxilio de la víctima. El 17 de diciembre de 2011, a las 17.05, un muchacho recibió un mensaje de texto de su amiga: “Se está poniendo feo, tengo miedo, ayudame”. Dos horas después, a las 19.09, desde el mismo número de línea, el joven recibió otro mensaje que decía: “No hagas nada, si no cagó la pendeja”. Inmediatamente, ese joven le avisó a la madre de su amiga, quien fue a denunciar que su hija estaba secuestrada y siendo prostituida por Santini. La adolescente tenía solo 14 años.

Ese día allanaron la casa del acusado, en calle Los Dragones de Entre Ríos, pero no encontraron a la víctima porque la habían escondido en una casa vecina. Fue al día siguiente cuando pudieron rescatar a la menor en la zona de avenida Ramírez sur. En la investigación se supo que Santini la ofrecía y la hacía prostituir con personas mayores de edad, a veces concretando los encuentro en su domicilio, o los clientes pasaban a buscarla y la llevaban a otro lugar.

El caso llegó a juicio en noviembre del año pasado, donde el fiscal general José Ignacio Candioti pidió cinco años y dos meses de prisión por el delito de Trata sexual en la modalidad de acogimiento, y afirmó que el bien jurídico protegido por la norma que es la libertad, se vulneró porque había una clara cosificación de la víctima. Además solicitó la prisión preventiva en la Unidad Penal.

Por su parte, el defensor, Juan Pablo Temón, solicitó la absolución por el beneficio de la duda. Ante el fallo condenatorio de la jueza Lilia Carnero, el abogado presentó el recurso de Casación reclamando por la inocencia de Santini. Pero este martes 28 de diciembre, la Cámara Federal integrada por Daniel Antonio Petrone, Ana María Figueroa y Diego Barroetaveña, rechazaron la petición y confirmaron la condena.

Un punto cuestionado por Temón era que no pudo interrogar a la víctima en su testimonio, ya que en el juicio se reprodujo el video de su declaración. La jueza Figueroa sostuvo al respecto: “He sostenido que en causas en donde se investigan hechos como el del presente caso, la incorporación por lectura de los testimonios de víctimas se dirige a evitar la revictimización de las testigos al someterlas al riesgo de re-exponer en el debate las vivencias traumáticas a las que fueron sometidas”.

“Cabe agregar que los hechos investigados en estas actuaciones -agregó la camarista-, se vinculan con una de las temáticas más preocupantes en el universo de los Derechos Humanos, cual es la violencia de género. Violencia que del análisis de la cultura androcéntrica impone que deban tomarse las medidas judiciales adecuadas para prevenir, sancionar y evitar la repetición de esos delitos”.

En este sentido, refirió que “los hechos por los que se condenó a Flavio Exequiel Santini se vinculan con la violencia de género y ello impone que deban tomarse las medidas judiciales adecuadas para evitar esos delitos y arribar a su juzgamiento, evitando que el paso del tiempo conduzca a su impunidad”.

Santini continúa con prisión domiciliaria, computando la pena que le impusieron. Ahora, con la confirmación de la condena, el Tribunal Oral Federal de Paraná podría revisar la medida cautelar y enviarlo a la cárcel para que cumpla con la sanción.

Fuente: Diario Uno
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